Foro Los Serrano
Duda sobre boda de Eva y Marcos
Duda sobre boda de Eva y Marcos
Eva y Marcos estuvieron a punto de casarse. No había parentesco biológico entre ellos, pero legalmente eran hermanos, y tengo entendido que ni legalmente ni canónicamente se puede dispensar ese matrimonio, aunque igual me equivoco. Pues bueno, quería preguntar que explicación se dio a esto.
Por cierto, un poco de humorcillo (minuto 3:51)
Por cierto, un poco de humorcillo (minuto 3:51)
Pues yo creo que al final no llegaron a casarse. De todas formas no eran hermanos ni biológica ni legalmente (aunque Diego hubiera adoptado a las chicas ellas conservan el apellido capdevila) por tanto no creo que hubiera problema porque creo que lo más importante según el código civil es la existencia de cosanguinidad elevada. Lo que está claro es que la serie ni menciona esto, o sea que explicación tampoco hay.
Incesto! Como decia Diego jajajaja
Se podian casar ya que no tienen la misma sangre y realmente no tienen nada en común familiarmente hablando, simplemente sus padres están casados tras haber nacido ellos fruto de sus anteriores matrimonios. Pero realmente, no se llegaron a casar nunca verdad? Salvo una boda a escondidas en Toulouse.
Se podian casar ya que no tienen la misma sangre y realmente no tienen nada en común familiarmente hablando, simplemente sus padres están casados tras haber nacido ellos fruto de sus anteriores matrimonios. Pero realmente, no se llegaron a casar nunca verdad? Salvo una boda a escondidas en Toulouse.
Entonces no eran hermanos legalmente? Ahí podría estar la clave. Pero aunque se convirtieran en hermanos legalmente, las chicas no tenían porque cambiar su apellido (el único requisito que te pide el código civil es que cuando tengas hijos, que el orden de apellidos que les pongas, es el que va a ser para los siguientes hijos que tengas)
El Código civil no distingue entre hijos matrimoniales y no matrimoniales. Como he mencionado, igual la clave esta en que no eran hermanos legalmente, porque creo que Diego tendría que haber asumido la patria potestad de Tete y Eva.
Supongo que será esto último, porque tampoco había una "autoridad" de Diego respecto a Tete y Eva, de hecho, Sergi, el padre de estas, seguía vivo, y la patria potestad es irrenunciable. Creo que aquí esta la respuesta.
Vamos, que Diego se comporto como un padre, pero no lo era legalmente. Lo que me pregunto es si lo sería canónicamente, como Sergi seguía vivo.
El Código civil no distingue entre hijos matrimoniales y no matrimoniales. Como he mencionado, igual la clave esta en que no eran hermanos legalmente, porque creo que Diego tendría que haber asumido la patria potestad de Tete y Eva.
Supongo que será esto último, porque tampoco había una "autoridad" de Diego respecto a Tete y Eva, de hecho, Sergi, el padre de estas, seguía vivo, y la patria potestad es irrenunciable. Creo que aquí esta la respuesta.
Vamos, que Diego se comporto como un padre, pero no lo era legalmente. Lo que me pregunto es si lo sería canónicamente, como Sergi seguía vivo.
Si existe un libro de familia que acredite a Jordi como padre de las niñas, es imposible que Diego tenga otro igual. En tal caso el de Diego lo pondrá como hijastras o algo. Yo creo que a efectos legales Diego sí tiene responsabilidad porque viven en el mismo techo pero nada más. Ahora canónicamente ya tengo mis dudas pero no sé hasta que punto miran esto pero yo creo que si encuentran algo no te casan. Por lo civil no debería haber problema.
Para mí que no se casaron, pero tampoco me acuerdo mucho de las últimas temporadas. Igual lo dijeron de refilón y no me enteré. Loo que sí me acuerdo es que no bautizaron a la niña porque lo dijeron en un episodio, lo cual se me hace raro porque lo lógico es que si no se casaron por qué dicen lo de bautizar.
Para mí que no se casaron, pero tampoco me acuerdo mucho de las últimas temporadas. Igual lo dijeron de refilón y no me enteré. Loo que sí me acuerdo es que no bautizaron a la niña porque lo dijeron en un episodio, lo cual se me hace raro porque lo lógico es que si no se casaron por qué dicen lo de bautizar.
Yo no he visto Los Serrano como tal, pero me acuerdo en su momento de que Marcos y Eva se iban a casar por la Iglesia, estuvieron a punto de hacerlo, pero al final Marcos dijo de seguir más tiempo como novios. Lo de después no tengo ni idea, pero bueno, quería saber que explicación se le daba a eso.
Lógicamente Eva y Tete tenían que guardarle respeto y obediencia a Diego, pues este les suministraba alimentos y casa.
Creo que tengo la respuesta, respecto al tema canónico. He revisado mis apuntes de matrimonio canónico (soy estudiante de Derecho) y he encontrado esto:
El impedimento de parentesco legal, surge de la adopción, y hace inválido el matrimonio en línea recta y en el 2º grado de línea colateral. El impedimento es dispensable por el ordinario del lugar (Canon del Código Canónico)
Es decir, que la Iglesia les considera hermanos, pero como no hay parentesco biológico, pues cabe la dispensa.
Y lo de que legalmente se puede creo que se deduce del artículo 47 del Código Civil:
Tampoco pueden contraer matrimonio entre sí:
-Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción
-Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado
En lo primero menciona la adopción, pero en lo segundo no. Solo los colaterales consanguineos están impedidos para casarse.
Lógicamente Eva y Tete tenían que guardarle respeto y obediencia a Diego, pues este les suministraba alimentos y casa.
Creo que tengo la respuesta, respecto al tema canónico. He revisado mis apuntes de matrimonio canónico (soy estudiante de Derecho) y he encontrado esto:
El impedimento de parentesco legal, surge de la adopción, y hace inválido el matrimonio en línea recta y en el 2º grado de línea colateral. El impedimento es dispensable por el ordinario del lugar (Canon del Código Canónico)
Es decir, que la Iglesia les considera hermanos, pero como no hay parentesco biológico, pues cabe la dispensa.
Y lo de que legalmente se puede creo que se deduce del artículo 47 del Código Civil:
Tampoco pueden contraer matrimonio entre sí:
-Los parientes en línea recta por consanguinidad o adopción
-Los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado
En lo primero menciona la adopción, pero en lo segundo no. Solo los colaterales consanguineos están impedidos para casarse.
Vamos que se podían casar no?
Lo que ya no tenía ni pies ni cabeza era lo de Tete con Manu (Espartaco) que era su primo carnal. Ahi se pasaron los guionistas.
Lo que ya no tenía ni pies ni cabeza era lo de Tete con Manu (Espartaco) que era su primo carnal. Ahi se pasaron los guionistas.